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Beneficios

¡Asociarse a JFK es una decisión acertada! Obtienes beneficios sociales y financieros para ti y para tu familia.

¿Cómo asociarse?

Requisitos:

  • Residir o trabajar en cualquier lugar ubicado dentro del radio de acción de la Cooperativa (Colombia).
  • Presentar la solicitud de ingreso en la agencia más cercana.
  • Ser mayor de catorce (14) años.
  • Suscribir aportes sociales individuales por una suma no inferior al equivalente a medio salario mínimo legal vigente en Colombia (actualmente $712.000), y pagarlos en un máximo de doce (12) fracciones: la primera en la fecha de afiliación y las restantes mes tras mes, sin interrupción.  

Deberes de los Asociados:

  • Mantener actualizado el Aporte Social.
  • Estar al día en las obligaciones económicas con la Cooperativa.
  • Recibir educación cooperativa.
  • Cumplir las obligaciones derivadas del acuerdo Cooperativo.
  • Abstenerse de cometer actos o incurrir en omisiones que lesionen la estabilidad económica y el prestigio social de la Cooperativa.
  • Aceptar las decisiones de los organismos de Administración y Vigilancia.

Derechos de los Asociados:

  • A) Utilizar los servicios de la Cooperativa, realizar con ella las operaciones propias de su objeto
    social y beneficiarse de los servicios de asistencia técnica, educación, capacitación y solidaridad que brinde la entidad.
  • B) Participar en las actividades de la Cooperativa y en su administración, mediante el
    desempeño de cargos sociales.
  • C) Ser informados de la gestión de la Cooperativa de acuerdo con las prescripciones legales y/o estatutarias.
  • D) Ejercer actos de decisión y elección en las Asambleas Generales de Delegados cuando sea
    elegido como uno de éstos.
  • E) Fiscalizar la gestión de la Cooperativa.
  • F) Presentar o proponer por intermedio de la Gerencia ante la asamblea de delegados temas de interés para la Cooperativa, que tengan como finalidad su mejoramiento o beneficio.
  • G) Retirarse voluntariamente.
  • H) Solicitar por escrito con antelación suficiente información o aclaraciones o hacer preguntas
    por escrito con relación a los asuntos del orden del día de la asamblea general.

    El ejercicio de los derechos estará condicionado al cumplimiento de los deberes.

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Boletín Marzo 2023