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Nosotros

La solidaridad y la ayuda mutua son nuestro norte. Trabajamos para brindarles a las comunidades una mejor calidad de vida. 

Modelo, objeto y actividades

Nuestra Cooperativa se rige bajo principios y valores cooperativos encaminados al bienestar colectivo de sus
comunidades y el impacto positivo en la mejora de la calidad de vida de sus asociados y sus familias.

Valores

  • Ayuda mutua
  • Equidad
  • Democracia
  • Responsabilidad
  • Igualdad
  • Solidaridad

Principios

  • Cooperación entre cooperativas
  • Asociación voluntaria y abierta
  • Control democrático de los miembros
  • Participación económica
  • Autonomía e independencia
  • Educación, entrenamiento e información
  • Compromiso con la comunidad

Objeto y áreas de acción

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El objeto de la Cooperativa es el ejercicio de la actividad financiera, mediante la aplicación de elementos
técnicos para desarrollar y fortalecer una eficiente y rentable empresa de servicios.
Áreas de acción
Cuatro áreas integran el accionar de la Cooperativa: Ahorro, Crédito, Solidaridad y Educación.

La ley colombiana permite a la Cooperativa:

  • Captar ahorro a través de depósitos a la vista o a término mediante expedición de Certificados de Depósito a Término (CDT).
  • Captar recursos a través de ahorro contractual.
  • Negociar títulos emitidos por terceros distintos de sus gerentes, directores y empleados.
  • Otorgar préstamos, y en general, celebrar operaciones activas de crédito.
  • Comprar y vender títulos representativos de obligaciones emitidas por entidades de derecho público de cualquier orden.
  • Otorgar financiación mediante la aceptación de letras de cambio.
  • Otorgar avales y garantías en términos que para el efecto autoricen la Junta Directiva del Banco de la República o el Gobierno Nacional, cada uno según sus facultades.
  • Efectuar operaciones de compra de cartera o factoring sobre toda clase de títulos.
  • Abrir cartas de crédito sobre el interior en moneda legal.
  • Intermediar recursos de redescuento.
  • Realizar operaciones de compra y venta de divisas y demás operaciones de cambio, dentro de las condiciones y regulaciones que para el efecto expida la Junta Directiva del Banco de la República.
  • Emitir Bonos.
  • Prestar servicios de asistencia técnica, educación, capacitación y solidaridad que en desarrollo de sus actividades previstas en los estatutos por disposición de la ley cooperativa pueda desarrollar, directamente mediante convenios con otras entidades. En todo caso, en la prestación de todo servicio, la cooperativa no podrá utilizar recursos provenientes de los depósitos de ahorro y demás recursos captados de la actividad financiera.
  • Celebrar convenios dentro de las disposiciones legales para la prestación de otros servicios, especialmente aquellos celebrados con los establecimientos bancarios para el uso de cuentas corrientes.