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Beneficios

¡Asociarse a JFK es una decisión acertada! Obtienes beneficios sociales y financieros para ti y para tu familia.

Auxilios Económicos para Daños a Vivienda

En JFK te acompañamos para facilitarte la vida. Recuerda que al actualizar tu Aporte Social a $650.000 podrás seguir disfrutando de beneficios, como:

Auxilio económico que se pagará al asociado en caso de daños en la vivienda que habita, independientemente si es propia o arrendada, cubrirá en diferentes casos o daños, menos terremoto que no se encuentra con cobertura para esta solidaridad. Para conocer dicha información lo invitamos a leer el reglamento de este servicio.   

A tener en cuenta:

  • Cubre la vivienda que se informó por el asociado como lugar de residencia en los bases de datos de la Cooperativa.
  • El asociado debe actualizar sus datos en la Cooperativa; en caso de no tener la dirección actualizada de la vivienda, no se reconocerá el auxilio.
  • No cubre viviendas donde desarrollen actividades comerciales.

CONDICIONES PARA EL INGRESO Y MANTENIMIENTO DEL BENEFICIO

  • Tener aportes sociales por una suma no inferior a medio salario mínimo mensual legal vigente.
  • Si presenta crédito en la entidad, no tener mora superior a 30 días, si se llega a presentar, será retirado del beneficio.
  • Asociados mayores de 59 años deben diligenciar el formato de condiciones de salud

*Aplican términos y condiciones

Término para la presentación de la reclamación

Todas las solidaridades contempladas en este reglamento deberán ser reclamadas dentro de los noventa (90) días siguientes a la fecha del hecho que la generó. Después de este término, los beneficiarios perderán el derecho a ellas.

Término para el reconocimiento de las solidaridades

La Cooperativa dispondrá de treinta (30) días calendario para estudiar una reclamación solidaridad, contados a partir de la fecha en que el beneficiario o interesado le hace entrega formal de la documentación requerida y completa o, si es del caso, de la documentación adicional que la entidad requiera. Cumplido este plazo aprobará o negará la reclamación.

Formatos y documentos para la reclamación

Los beneficiarios o interesados presentarán las reclamaciones por solidaridad en los formatos establecidos por la Cooperativa y anexarán los documentos que en su momento ésta exija.

Todas las constancias o certificaciones que se requieran para el trámite de las diferentes clases de auxilio sólo tendrán validez si son expedidas por la autoridad competente, a juicio de la Cooperativa.

Durante el estudio de la reclamación por solidaridad la Cooperativa podrá exigir al beneficiario o interesado cualquier clase de documentos que, a su juicio, se requiera para decidir sobre ella.

Revocación

Las solidaridades económicas contempladas en este Reglamento se harán efectivas siempre y cuando el Fondo de Solidaridad cuente con recursos para otorgarlas, por cuanto son beneficios que se originan de un fondo agotable. La Cooperativa, por razones financieras, administrativas, de mercado o legales podrá revocar total o parcialmente estos beneficios e informará de ello a los interesados, a través la página web y otros canales. 

Consulta aquí el reglamento Conoce aquí los documentos que debes presentar para reclamar la Solidaridad Autorización beneficiarios para reclamar y recibir Declaración herederos y beneficiarios